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CONSTITUCIONALISMO ESPAÑOL EHISPANOAMERICANO

     El Estado liberal que se fueconstruyendo en España a lo largo del siglo XIX descansó fundamentalmente enla división de poderes y en el reconocimiento de ciertos derechos y libertadesplasmados en sucesivas Constituciones que se han sucedido a lo largo de los dosúltimos siglos. Pero abordar la Historia constitucional de España e Hispanoaméricao de cualquier paíssignifica tener en cuenta otros elementoscomo son lasleyes de rango constitucional que complementan las Constitucioneslasinstituciones sobre las que descansa el Estadola sociedad sobre la que actúaprovocando también una determinada respuesta de las fuerzas socialesel ámbitointernacional en el que se establece una corriente de influenciassiendoevidente la influencia francesa en el constitucionalismo español así como lainglesaésta más matizada. Teniendo en cuenta estas consideraciones veamos cuálesson los rasgos básicos del constitucionalismo español.

     El Estado español contemporáneose fue configurando bajo la hegemonía de una oligarquía diversificadaintegrada por sectores de la burguesía agrariamercantil y financieraperotambién por sectores de la nobleza que supieron adaptarse al régimen liberallo asumieron y se convirtieron en protagonistas del cambio. Un importanteconjunto de fuerzas sociales y políticas fueron ignoradas y apartadas sistemáticamentede las instituciones del Estado. El componente democrático que pudieron aportarestos sectores fuepor consiguienteinsuficiente. Pero es que no hay queolvidar que los liberales del siglo XIX rechazaban explícitamente la democracia.

     Ello nos remite a la estrechezde un sufragio censitario regulado por sucesivas leyes electoralesquecon laexcepción de la apertura electoral de 1812 y el sufragio universal masculinoestablecido por la revolución de 1868no pasó nunca del 5% de la población.Fueron las elites económicas y culturales las que disfrutaron de derechoselectorales y a quienes la legislación liberal atribuyó en exclusiva lacapacidad para intervenir en la vida política y participar en la configuracióndel Estado constitucional.

     Por tantola construcción deeste Estado ha sido obra fundamentalmente de minoríasdinámicas y renovadaspero empeñadas en marginar a amplias fuerzas socialescomo el movimientoobrero o el republicanismo. Los intentos democratizadores del Sexeniorevolucionario ysobre todode la Segunda República no pudieron cristalizar.

     Esas minorías crearonagrupaciones políticas para participar en las contiendas electoralesque nopueden ser consideradas verdaderos partidos. Se trataba de grupos de notablescon escaso apoyo socialque con frecuencia se mostraron políticamenteexcluyentespor lo que el acceso al poder difícilmente podía conseguirse pormedios políticosen procesos electoralesde ahí el recurso a la revolucióno al pronunciamientolo que daba protagonismo al ejército y a los jefesmilitarescon lo que se desvirtuaba el espíritu constitucionalque no acababade asentarse sobre un poder civil saneadoautónomo y fuerte.

     La Restauración canovista fueun intento de asentar el poder constitucional sobre bases civilesapartando alejército de la vida políticabajo el supuesto del turno pacífico de partidos.Pero la endogamia política generada por los partidos dinásticos -conservadoresy liberales-la creciente oposición de las fuerzas no dinásticasvinculadasal mundo del republicanismo y del regionalismoy la aparición de un movimientoobrero cada vez más organizado propiciaron un deterioro del sistema y elrecurso al ejército cada vez con más frecuenciaespecialmente a partir de1909que se irá convirtiendo en la fuerza tutelar de la monarquía. Ésta sedesentendió cada vez más de su aspecto constitucionalligando su suerte a lainstitución militar. El golpe de Estado de Primo de Rivera fue el últimorecurso de la corona. No resultó extraño queagotada la Dictadurala propiamonarquía cayera con ella.

     El Estado liberal que seconstruyó a lo largo del siglo XIX fue obra básicamente de las dosConstituciones más claramente conservadoras y de mayor duraciónla de 1845 yla de 1876. Frente a éstasllama la atención la brevedad del mandato deConstituciones más liberales: la del 12la de 1837la de 1869por no hablarde la non nata de 1854 o del proyecto republicano de 1873y la de 1931. Portantocentralismo y autoritarismo fueron los ejes sobre los que se construyóel Estadohaciendo desaparecer el poder municipal independiente e ignorando lasaspiraciones de otras fuerzas políticas. Por otro ladoel principio de ordenfue una preocupación primordial del liberalismo conservadorque propició unreforzamiento del poder ejecutivo en detrimento de la representatividad delsistema constitucional.

     El sistema de libertades yderechos que diseñó el constitucionalismo español se vio muy mediatizado porfuerzas extraconstitucionales. Habrá que esperar a la Constitución de 1869para ver promulgada una declaración de derechos amplia. Las de 1837 o 1845recogían importantes derechospero no mencionaban otros tan fundamentales comolos de asociaciónreuniónmanifestaciónlibertad de enseñanzaetc.Muchos de estos derechos y libertades fueron regulados por leyes orgánicasquelos sucesivos gobiernos pudieron aplicar de forma más o menos restrictiva enfunción de su ideología y de sus intereses.

     El ejércitoademásfue unimportante factor de control de estas libertadescomo patentiza la ley dejurisdicciones de 1906. El control militarjunto con la frecuente suspensiónde las garantías constitucionales hizo que el ejercicio real de libertades yderechos fuese bastante precario.

     Sólo en la II República seflexibilizó la concepción de los derechos. La Constitución se amplió a losocialcon formulaciones novedosascomo la igualdad de derechos de ambos sexoso la igualdad entre los hijosindependientemente de que fueran o no legítimos.Junto a éstosse recogía una amplia declaración de derechos: libertad deexpresiónde reuniónde asociaciónde sindicaciónsufragio universal;comprometiéndoseademásel Estado a acatar las normas de Derechointernacional.

     Con frecuencia la vida políticatranscurrió al margen de lo establecido en las Constituciones. Tanto laConstitución de 1845 como la de 1876las dos Constituciones que moldearon elEstado liberalcontemplaron la Corona como un poder con suprema capacidaddecisoria en la función de gobiernoy no como un simple poder moderador. Porlo tantola monarquía pudo cambiar gobiernos sin tener en cuenta la confianzaparlamentariaque era secundaria y entendida como derivada de la confianzaregia. Esta circunstancia y la frecuencia con que se recurrió a lasdelegaciones legislativas desvirtuaron el sistema parlamentario y subordinaronel poder legislativo al ejecutivo. Las atribuciones de la Corona se vieronreforzadas todavía más por la existencia de un Senado de designación básicamenterealque propició la injerencia de la Monarquía en el proceso legislativo. LaConstitución de 1931 quiso cambiar esta dinámicapero la derrota de la Repúblicapor las tropas de Franco dejó la puerta abierta a la supresión del régimenconstitucional y al reforzamiento del ejecutivo. La muerte del general Francodio paso al restablecimiento del régimen constitucionalplasmado en laConstitución de 1978.



     En Hispanomérica elconstitucionalismo se desarrolló entre una diversidad de pueblos y naciones adiferentes ritmos. En sus orígenes hay que ver la influencia tanto del régimende Cádizcomo del constitucionalismo norteamericano. A una primera etapaturbulenta queademás de preparar la emancipación colonial organizó lasnacionalidades y finalizó hacia 1830siguió una etapa de consolidaciónfruto sobre todo de la acción de unas elites económicas y socialesque traducíanel poder de las oligarquías y debilitaban el sistema constitucional. Durante elprimer tercio del siglo XX se profundizó la democracia con la implantación delsufragio universal y la organización de grandes partidos políticos comoinstrumentos de gobierno. La preocupación por lo social apareció en los regímenespolíticos hispanoamericanos. Sin embargoel crecimiento económico no se vioacompañado por una corrección de las enormes desigualdades sociales. La ideade un reparto de la riqueza más equitativo se fue abriendo paso en estassociedadescuyas elites recurrieron a dictaduras que bloquearon cualquieratisbo de cambio social.

     La aparición de las primerasconstituciones estuvo ligada a la independencia yademássupuso la condiciónde su formación como nacionespues a veces la proclamación de laindependencia era el paso previo a la aprobación de una Constitucióny otrasera la Constitución la que proclamaba la independencia. La forma de Estado quese adoptó fue la Repúblicaaunque no fue un principio aceptado de formaindiscutidasino impuesto muchas veces por las circunstancias. Pero el régimenrepublicano presentaba dificultades de legitimidad. Dado que en una sociedad enformación basada en la desigualdad que suponía el predominio criollolalegitimidad se vinculó al mando militarlos regímenes republicanos seorientaron pronto hacia el militarismo y el caudillismosobre los que se dejósentir la influencia del modelo napoleónicocomo señala el profesor SánchezAgesta.

     Asíel constitucionalismohispanoamericano subrayó el predominio del poder ejecutivoreforzadoprecisamente por el caudillismo de los primeros presidentesqueparadójicamentereconocían la soberanía popular. Esa preeminencia del ejecutivo presidencialse acentuó por la presencia de parlamentos con funcionamiento anormal. LosCongresos fueron órganos que carecieron de un peso efectivo en la estructuraconstitucionalcomo consecuencia de su funcionamiento irregular y de su carácterelitista que limitaba la participación política a los criollos. Asíelgobierno parlamentario no pudo ser un freno a la creciente prepotencia de losregímenes presidencialistas.



por Pedro Díaz Marín




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